El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión de una subvención directa a las entidades titulares de centros residenciales, cuyos supuestos no fueron recogidos en el anterior Decreto 47/2020, de 17 de julio, por el que se regulaban distintas subvenciones de concesión directa a las entidades titulares de centros residenciales y a los usuarios de esos centros, para atender a la situación derivada de las medidas adoptadas durante el Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta subvención tiene carácter excepcional, concurriendo razones de interés público y social que hacen innecesaria la concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22.3.c) de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
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