Subvención destinada a las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia perceptoras de prestación económica para cuidados en el entorno familiar
Autonomía personal y atención a la dependencia
Subvención destinada a las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia perceptoras de prestación económica para cuidados en el entorno familiar
Descripción
Concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a personas cuidadoras en el entorno familiar de personas en situación de dependencia.
Objeto
Las ayudas tendrán por finalidad facilitar la conciliación de la vida personal y familiar de las personas cuidadoras, favoreciendo su respiro temporal, mediante la financiación de la contratación de apoyo profesional para la atención en el hogar o la estancia temporal en un centro residencial de la persona en situación de dependencia.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas cuidadoras habituales no profesionales que atiendan de forma continuada a una o más personas en situación de dependencia que sean beneficiarias de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales concedida por el Instituto Cántabro de Servicios Sociales, siempre que en la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria se den las siguientes condiciones:
Que la persona cuidadora solicitante de la subvención sea residente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Que la persona atendida tenga reconocida la situación de dependencia en grado III.
Que la persona cuidadora figure con esta condición en el programa individual de atención y lo haya hecho ininterrumpidamente durante los últimos doce meses.
Las personas cuidadoras, para ser beneficiarias de la subvención, deberán cumplir los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Tipo de prestación
No garantizada.
Plazos de solicitud
Del 7 de noviembre de 2024 al 20 de noviembre de 2024 (ambos incluidos)
¿Dónde me puedo informar?
Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales
Procedimiento
Documentación precisa:
Solicitud, que contiene declaración responsable.
Justificación de la actividad realizada.
Salvo oposición expresa a la consulta de datos por parte del órgano instructor, se consultarán automáticamente:
DNI o TIE de la persona solicitante y de la persona en situación de dependencia.
Datos de residencia de la persona solicitante y de la persona en situación de dependencia.
Situación de dependencia y de cuidador en el entorno familiar a cargo del solicitante y antigüedad de éste como cuidador.
Certificado de que la persona solicitante está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, así como certificado de hallarse al corriente en sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
En caso de que las personas interesadas hagan constar su oposición a la consulta de los datos de los apartados a), b) y c), deberán presentar la documentación acreditativa. Esta documentación no habrá de presentarse cuando no hubiera sufrido modificación respecto de los datos que obran en el expediente de asignación de Programa Individual de Atención de la persona en situación de dependencia.
En caso de que las personas interesadas hagan constar su oposición a la consulta de los datos de la letra d), deberán aportar los documentos acreditativos de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones correspondientes.
Lugares de entrega de documentación
De forma telemática en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, accesible a través de la Sede Electrónica (sede.cantabria.es). También podrá presentarse en los registros electrónicos de las restantes Administraciones Públicas, de los organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, así como en los registros de las Universidades públicas.
De forma presencial en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, situada en la calle General Dávila nº 87, de Santander, o de otros órganos del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares previstos en artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano competente
Subdirección de Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES