Los servicios de promoción de la autonomía personal (SEPAP) consisten en un conjunto de intervenciones que tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad personal de controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria, así como mejorar la calidad de vida tanto de la persona en situación de dependencia como de sus cuidadores.
¿Quién lo puede solicitar?
Aquellas personas en situación de dependencia que sean mayores de seis años y no sean usuarias de centros de atención residencial o centros de atención diurna, salvo si la asistencia a centro de atención diurna se realiza con una intensidad máxima de 20 horas mensuales en régimen de compatibilidad con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Contenido de los servicios de promoción de la autonomía personal
MODALIDAD
DEFINICIÓN
PERSONAS BENEFICIARIAS
ACTUACIONES
1. Servicio de habilitación y terapia ocupacional
Actuaciones que persiguen el mayor grado posible de autonomía personal en las ABVD *
Personas con dificultades (físicas, intelectuales, mentales o sensoriales) para el desempeño de las ABVD
1.1 Entrenamiento en ABVD:
Dirigido a una o más de las siguientes actividades: comer y beber, higiene personal relacionada con la micción y la defecación, lavado del cuerpo, vestirse y otros cuidados corporales.
2. Servicio de estimulación cognitiva
Actuaciones que persiguen el mayor grado posible de autonomía personal mediante el tratamiento terapéutico de las capacidades cognitivas superiores
Personas con deterioro cognitivo, daño cerebral o alteración de las funciones mentales superiores
2.1 Estimulación cognitiva:
Dirigido a una o más de las siguientes capacidades: memoria, concentración, atención, razonamiento, abstracción, orientación, lenguaje (incluidas afasias), funciones ejecutivas, cálculo y/o lectoescritura.
3. Servicio de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional
Actuaciones que persiguen el mayor grado posible de autonomía personal en las AIVD * y la movilidad
Personas con dificultades (físicas, intelectuales, mentales o sensoriales) para el desempeño de las AIVD
3.1 Entrenamiento en AIVD
Dirigido a una o más de las siguientes actividades: mantenimiento de la propia salud, realizar tareas domésticas, comprar, cocinar, uso de herramientas de comunicación, uso del transporte público, etc.
3.2 Entrenamiento en transferencias y deambulación
Desplazamientos dentro y fuera del hogar, así como cambiar y mantener la posición del cuerpo: transferencias, bipedestación, etc.
3.3 Fisioterapia neurológica y/o respiratoria
Orientado a la recuperación funcional y mantenimiento de la autonomía personal en personas con procesos como ictus, esclerosis múltiple, ELA, daño cerebral adquirido, parálisis cerebral infantil, espina bífida, distrofia muscular o similares.
4. Servicio de habilitación psicosocial
Actuaciones que persiguen el mayor grado posible de autonomía personal en la toma de decisiones
Personas con trastorno mental grave y/o discapacidad intelectual
4.1 Entrenamiento en habilidades personales y sociales
4.2 Apoyo a la inserción laboral
* ABVD: actividades básicas de la vida diaria. AIVD: actividades instrumentales de la vida diaria.
Tabla elaborada a partir del art. 5.2 de la Orden PRE/24/2024, de 21 de marzo, y del Acuerdo de 16 de julio de 2014 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD sobre los criterios para determinar el contenido del SEPAP, publicado mediante Resolución de 31 de julio de 2014 de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Condiciones
El SEPAP se prestará con la siguiente asignación de horas mensuales:
Grado
SEPAP como servicio único o compatible sólo con Teleasistencia
SEPAP como servicio compatible con el resto de prestaciones o servicios
Mínimo de 4 horas/mes, Máximo de 10 horas/mes (cualquier modalidad)
II
12 horas/mes
(cualquier modalidad)
III
10 horas/mes
(cualquier modalidad)
Las sesiones de prestación del servicio tendrán carácter presencial.
La asignación de la prestación puede hacerse en sesiones individuales, grupales o de forma mixta.
Los tratamientos rehabilitadores que correspondan al Sistema Sanitario o a otras entidades públicas o privadas obligadas a prestarlo, las actuaciones de atención a la diversidad propias del Sistema Educativo y as actuaciones propias de los centros de educación especial están excluidas del SEPAP.
Tipo de prestación
Garantizada
Forma de pago
Mediante prestación económica vinculada al servicio, utilizando los siguientes precios de referencia para el cálculo:
Prestación en sesiones individuales: 25€/hora. En el caso de que la prestación se llevara a cabo en el domicilio de la persona beneficiaria se incrementará en un 40% (35 €/hora).
Prestación en sesiones grupales: 50% de la cuantía para sesión individual (12,5 €/hora).
Prestación en sesiones mixtas: 75% de la cuantía para sesión individual (18,75 €/hora).
¿Dónde me puedo informar?
Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).
Procedimiento
Tramitación
La prescripción de la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar se realiza, una vez reconocida la situación de Dependencia en alguno de los Grados con derecho a la protección del SAAD, a través de la Resolución del Programa Individual de Atención.
Para su elaboración será necesaria la documentación requerida para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:
De forma telemática en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, accesible a través de la Sede Electrónica (sede.cantabria.es). También podrá presentarse en los registros electrónicos de las restantes Administraciones Públicas, de los organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, así como en los registros de las Universidades públicas.
De forma presencial en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, situada en la calle General Dávila nº 87, de Santander, o de otros órganos del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares previstos en artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución
El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud de valoración de la situación de dependencia y la de resolución de reconocimiento del servicio, será de seis meses.
Órgano competente
Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES
Teléfono de información general
012
Impresos
Los impresos se presentan para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD: