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Autonomía personal y atención a la dependencia
Servicio de atención residencial permanente
Descripción del servicio
Servicio que ofrece atención integral de forma continuada a personas en situación de discapacidad o dependencia, en todas las necesidades de la vida diaria, bien de forma permanente, cuando el centro residencial se convierte en el domicilio habitual de la persona o temporal, cuando se atienden estancias temporales por periodos de convalecencias, enfermedades o descanso de los cuidadores.
- Objetivo
- Proporcionar un espacio de atención integral, a personas que no puede permanecer en su propio domicilio.
- ¿Quién lo puede solicitar?
- Personas con discapacidad o en situación de dependencia, con dificultades para permanecer en su domicilio.
- Tipo de prestación
- No garantizada
- Plazos de solicitud
- Se puede solicitar en cualquier momento.
- Coste del servicio
- El servicio implica una participación económica del usuario en el coste total del servicio.
- ¿Dónde me puedo informar?
- Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
- Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).
- Observaciones
- Existe otro servicio de centro residencial, garantizado, que se presta desde el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) destinado a personas valoradas en algunos de los Grados de Dependencia que dan derecho a la protección por el SAAD.
Procedimiento
- Documentación precisa
La adjudicación de una plaza pública en un Centro de Dia a una persona que no tenga reconocida legalmente la situación de dependencia se realiza conforme a lo establecido en la Orden 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Para ello, la persona interesada deberá presentar deberá la Solicitud de recurso sociosanitario en impreso normalizado y junto a ella la siguiente documentación:
- Informe de valoración médica, de enfermería y social cumplimentado por profesionales de la administración pública.
- Fotocopia del DNI.
- Original y fotocopia de la tarjeta sanitaria.
- Certificado de la pensión o pensiones.
- Declaración o declaraciones del IRPF de la unidad familiar.
- Certificado del Impuesto de Bienes Inmuebles (Catastro)
- Justificante de cualquier modalidad de ahorro.
- En su caso, original y fotocopia de la sentencia de divorcio o separación.
- En su caso, original y fotocopia de la sentencia firme de incapacitación y nombramiento de tutor legal.
- En su caso, original y fotocopia del certificado de Minusvalía.
- Lugares de entrega de documentación
- Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Paseo de Altamira, nº 87, 39006 - SANTANDER
- Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
- Órgano competente
- Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES
Teléfono de información general
012
