Prestación periódica destinada al pago de un servicio profesional cuando éste no puede ser prestado por el Sistema Publico de Servicios Sociales.
Objetivo
Permitir a las personas que tengan garantizado el derecho a la prestación de un servicio profesional el disfrute del mismo, aún cuando éste no pueda ser prestado por el Sistema Publico de Servicios Sociales.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas valoradas en situación de dependencia.
Requisitos
Tendrán derecho a esta prestación las personas que reúnan las siguientes condiciones:
Tener reconocida la situación de dependencia en alguno de los grados y niveles que se requieran para el acceso al servicio o servicios a los que se vincula la prestación.
Reunir los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención a los que se vincula la prestación.
Tener plaza u obtener la prestación del servicio en centro o por entidad debidamente acreditados para la atención a la dependencia.
Que el programa individual de atención determine la adecuación de la prestación.
Tipo de prestación
Garantizada
Cuantía
La cuantía máxima de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se establece anualmente por el Gobierno mediante real decreto, previo acuerdo del Consejo Territorial del SAAD.
Las cuantías máximas para los beneficiarios que tuvieran reconocido grado y nivel de dependencia, con anterioridad al 15 de julio de 2012 serán:
Grado III de Dependencia. Nivel 2: 833,96 € mensuales
Grado III de Dependencia. Nivel 1: 625,47 € mensuales
Grado II de Dependencia. Nivel 2: 462,18 € mensuales
Grado II de Dependencia. Nivel 1: 401,20 € mensuales
Grado I de Dependencia. Nivel 2: 300,00 € mensuales
Las cuantías máximas para los beneficiarios con reconocimiento de grado y/o de prestación posterior al 15 de julio de 2012, así como a los nuevos solicitantes serán:
Grado III de Dependencia: 387,64 € mensuales
Grado II de Dependencia: 268,79 € mensuales
Grado I de Dependencia: 153,00 € mensuales
En cada caso, la cuantía de la prestación se establece en el Programa individual de atención, en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria, que no podrá ser inferior al diez por ciento de las cuantías máximas establecidas para cada grado de dependencia.
En el supuesto en que la persona beneficiaria fuera titular de complemento de gran invalidez, de complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior a 75 por ciento, de complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva, o de subsidio de ayuda a tercera persona previsto en la LISMI, se deducirá la cuantía de éstas del importe a reconocer en la prestación económica.
Forma de pago
Prestación de carácter mensual.
¿Dónde me puedo informar?
Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).
Compatibilidad
La Prestación Económica Vinculada al Servicio es compatible con los Servicios de Prevención, Promoción de la autonomía personal y de Teleasistencia e incompatible con las demás prestaciones del SAAD.
Procedimiento
Documentación precisa
La prescripción de la Prestación Económica Vinculada al Servicio se realiza, una vez reconocida la situación de Dependencia en alguno de los Grados con derecho a la protección del SAAD, a través del la Resolución del Programa Individual de Atención.
Para su elaboración será necesaria la documentación requerida para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:
Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 - SANTANDER
Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
Plazo de tramitación
El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud de valoración de la situación de dependencia y la de resolución de reconocimiento de la prestación, será de seis meses.
Órgano competente
Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES
Teléfono de información general
012
Impresos
Los impresos se presentan para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD: