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Autonomía personal y atención a la dependencia
Prestación económica de asistencia personal (SAAD)
Descripción de la prestación
Prestación económica destinada a la contratación de una asistencia personalizada, durante un número de horas diarias, que facilite a la persona beneficiaria el acceso a la educación, al trabajo, a una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades de la vida diaria y a la participación en la comunidad.
- Objetivo
- Proporcionar el apoyo necesario para fomentar la vida independiente y la autonomía personal.
- ¿Quién lo puede solicitar?
- Personas de tres o más años que estén participando en actividades educativas, laborales, de ocio y/o participación social de forma regular y precisen de este apoyo para la realización de las actividades mencionadas.
- Requisitos
- Tener reconocida la situación de dependencia.
- Tener capacidad para determinar los servicios que requiere, ejercer su control e impartir instrucciones al asistente personal de cómo llevarlos a cabo, directamente o través de la persona que le preste apoyos para el ejercicio de su capacidad jurídica.
- Estar participando en actividades educativas, laborales, de ocio y/o participación social de forma regular.
- Observaciones
- El asistente personal, como trabajador que presta servicios a la persona beneficiaria, deberá reunir los siguientes requisitos:
- Tener la edad laboral contemplada en la legislación vigente.
- Residir legalmente en España.
- No ser cónyuge o pareja de hecho de la persona beneficiaria, ni tener con ella una relación de parentesco hasta el cuarto grado, por consanguinidad, afinidad o adopción, ni ser la persona que realiza su acogimiento, tutela o la medida de apoyo que la sustituya.
- Acreditar los requisitos de formación requeridos a los asistentes personales que se contemplan en el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD de 24 de mayo de 2023, sobre condiciones de acceso a la asistencia personal en el SAAD, o en los acuerdos posteriores que puedan establecerse al respecto por el citado Consejo.
- Tipo de prestación
- Garantizada
- Cuantía
- Las cuantías de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se establecen en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- En cada caso, la cuantía de la prestación se establece en el Programa individual de Atención, en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria.
- En el supuesto en que la persona beneficiaria fuera titular de complemento de gran invalidez, de complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 75%, de complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva, o de subsidio de ayuda a tercera persona previsto en la LISMI, se deducirá la cuantía de éstas del importe a reconocer en la prestación económica, sin perjucio de las cuantías mínimas.
Las cuantías máximas y mínimas de la prestación económica de asistencia personal del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia son las siguientes:
Grado Cuantía máxima mensual Cuantía mínima mensual III 747,25 euros 200 euros II 747,25 euros 150 euros I 313,50 euros 100 euros - Forma de pago
- El pago se efectuará por mensualidades.
- ¿Dónde me puedo informar?
- Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
- Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).
Procedimiento
- Documentación precisa
La prescripción de la Prestación Económica para Asistencia Personal se realiza, una vez reconocida la situación de Dependencia en alguno de los Grados con derecho a la protección del SAAD, a través del la Resolución del Programa Individual de Atención.
Para su elaboración será necesaria la documentación requerida para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:
- Lugares de entrega de documentación
- Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Paseo de Altamira, nº 87, 39006 - SANTANDER
- Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
- Plazo de tramitación
- El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud de valoración de la situación de dependencia y la de resolución de reconocimiento de la prestación, será de seis meses.
- Órgano competente
- Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES
Teléfono de información general
012
Impresos
Los impresos se presentan para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:
Normativa
- Orden PRE/24/2024, de 21 de marzo, por la que se desarrolla el Catálogo de servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía personal y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Orden UMA/47/2019, de 20 de mayo, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía personal y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Actualizada)
- Más normativa sobre dependencia.
