| ¿Necesitas ayuda? Llámanos : 942 20 77 76
Autonomía personal y atención a la dependencia
Prestación económica para el Grado III+ de dependencia extrema
Descripción del servicio
Es una prestación económica para la contratación de un número amplio de horas de servicio de ayuda a domicilio y/o de asistencia personal. En la resolución de asignación de prestaciones se indicará la cuantía total mensual de la prestación y el número total de horas al mes de atención a las que va destinada.
- Objetivo
- Garantizar una atención en el entorno habitual de la persona en situación de dependencia en grado III+.
- ¿Quién lo puede solicitar?
- Personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
- Requisitos
- Tener reconocido el grado de dependencia III+.
- Que el Programa Individual de Atención establezca el reconocimiento de esta prestación.
- Compatibilidad con otras prestaciones y servicios del SAAD
- Esta prestación es compatible con los servicios de teleasistencia y de promoción de la autonomía personal. Además, es compatible con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, en cuyo caso no se podrá superar entre ambas la cuantía máxima establecida para las prestaciones económicas para el Grado III+ de dependencia extrema en el anexo IV del Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre.
- Cuantía de la prestación
- La cuantía mensual será el resultado de multiplicar la intensidad de horas/mes reconocida por 20 euros/hora, dentro de los importes mínimo y máximo establecidos en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre.
- Forma de pago
- Prestación de carácter mensual.
- ¿Dónde me puedo informar?
- Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia.
- Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).
Procedimiento
- Documentación precisa
Para acceder a las prestaciones para el Grado III+ es necesario obtener previamente el reconocimiento del Grado III+. Para ello, las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, deben presentar la solicitud de reconocimiento del Grado III+ y adjuntar la siguiente documentación:
- Las personas afectadas de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), certificado de encontrarse en fase avanzada de ELA.
- Las personas afectadas de otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, certificado de verificación de los criterios establecidos en el Real Decreto 969/2025, de 28 de octubre.
El reconocimiento de la Prestación Económica Grado III+ se realiza, una vez reconocida la situación de Dependencia en Grado III+, a través de la Resolución del Programa Individual de Atención.
La documentación requerida está disponible en:
Las personas con Grado III+ que no opten por esta prestación económica pueden acceder al resto de prestaciones o servicios previstos para el Grado III.
- Lugares de entrega de documentación
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Paseo de Altamira, nº 87, 39006 - SANTANDER
- Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
- Plazo de tramitación
- El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud y la de resolución de reconocimiento de la prestación, será de tres meses.
- Órgano competente
- Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES
Teléfono de información general
012
Impresos
Los impresos se presentan para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:
