La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas entre 18 y 65 años en situación de discapacidad
Requisitos
Carecer de ingresos suficientes.
Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Tipo de prestación
Garantizada
Plazos de solicitud
Se puede solicitar en cualquier momento.
¿Dónde me puedo informar?
Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
Oficina de Información y Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 Santander.
Observaciones
Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:
Tener reconocida una pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
Carecer de vivienda en propiedad.
Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
Tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Debe de tener número de seguridad social propio. En caso de que no lo tenga deberá solicitarlo ante la Tesorería de la Seguridad Social.
Cuando existan Medidas de Apoyo para el Ejercicio de la Capacidad Jurídica de la persona interesada, se debe aportar:
Si quien suscribe la solicitud actúa como curador de la persona solicitante: copia de la resolución judicial que establezca medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica del solicitante o que declare su incapacidad legal si la resolución es anterior al 03/09/2021.
Si quien suscribe la solicitud ha sido designada por la persona solicitante: certificación del Registro Civil o copia de la escritura pública en el que conste como persona designada voluntariamente por la persona interesada para prestarle medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Si actúa como apoderado: documento que acredite la representación.
Datos de residencia: certificado de empadronamiento histórico en el que conste los periodos de residencia en diferentes municipios del territorio español.
Acreditación de los periodos de permiso de residencia legal en España en caso de personas extranjeras no comunitarias.
Datos de la discapacidad: certificado del reconocimiento de la discapacidad en caso de que se haya emitido fuera de Cantabria.
DATOS PERSONALES, FAMILIARES Y ECONOMICOS DE LA PERSONA SOLICITANTE Y DEL RESTO DE CONVIVIENTES
DNI, NIE, pasaporte o acreditación de la identidad del resto de miembros de la unidad económica de convivencia (indicando grado de parentesco). Libro de familia en caso de menores de 14 años que no tengan DNI o certificado expedido por el Registro civil.
En caso de separación legal o divorcio: copia autentica de la sentencia judicial y del convenio regulador. En el supuesto de impago de las pensiones establecidas, deberá aportar copia de la demanda ante el Juzgado del incumplimiento del convenio.
En caso de pensiones en otros países: certificado emitido por el organismo competente de su país de origen en el que conste si es o no pensionista. En caso positivo deberá constar el importe mensual y el número de pagos anuales que recibe.
En caso de trabajo por cuenta ajena: hojas del salario actual, con declaración expresa del número de pagos anuales.
En caso de trabajo como autónomo: declaraciones trimestrales de ingresos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al año actual.
En caso de situación laboral de incapacidad laboral: certificado emitidos por la entidad pagadora.
Cualquier otra documentación conveniente para acreditar la situación personal, familiar y/o económica.
RECUERDE: Si, después de haber presentado esta solicitud, se produce alguna variación de su situación personal (cambio de residencia, variación de estado civil), económica (realización de trabajos, percepción de otras pensiones, etc.), así como de las personas con las que usted convive, deberá comunicarlo al ICASS en el plazo de 30 días.
Órgano competente
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
Competencia en la gestión:
Servicio de Acción Social e Integración.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES